Más grande. | Más pequeño. | Haga clic aquí para escuchar este artículo.

Las agencias jurisdiccionales

Por ALBERTO MANSUETI

A continuación Aclárate ofrece extractos del libro Las leyes malas y el camino de salida del profesor Alberto Mansueti.

Entre los peores efectos de las leyes malas se cuentan: Reemplazar el derecho ordinario por la legislación especial y las normas de los contratos entre las partes por las de los legisladores; además de sustituir a los jueces ordinarios por agentes ejecutivos con facultades jurdiciales.

Ahora los reglamentos fijan las conductas a seguir con carácter obligante. Han minimizado el espacio de vigencia para los viejos Códigos Civil, Comercial, Penal etc. que consagraban los únicos verdaderos derechos humanos, individuales y naturales; y los tribunales han perdido competencia para juzgar sobre las causas. El antiguo derecho privado describía arreglos contractuales muy generales, entre los cuales los agentes particulares podían escoger, adaptarlos a sus propios fines específicos, conforme a sus propias informaciones y conocimientos — más relevantes y útiles que la información de los Gobiernos — además de dirimir sus conflictos ante magistrados que reconocían el carácter mandatorio de sus contratos.

Hoy eso les está vedado a individuos y empresas bajo Leyes especiales todas “de orden público,” carácter “orgánico” (¿?) y jerarquía superior. Es la primacía del status sobre el contrato: cada persona natural o jurídica cae bajo una o más de ellas, según su condición legalmente definida; y una vez fijada y encasillada, su “status” es detalladamente descrito, y pormenorizadas sus obligaciones y derechos, sin que pueda siquiera chistar, ni mucho menos contratar. Tampoco puede recurrir a los Tribunales ordinarios — los jueces naturales — sino a las Agencias supervisoras y controladoras, las cuales ofrecen a los litigantes una muy triste y patética imitación del debido proceso, sin las garantías suficientes.

Cada una de las leyes malas consagra una jurisdicción especial por funcionarios del Poder Ejecutivo

Es un fuero especial y separado, muy cercano al “juicio de los pares” del primitivo Derecho feudal, con todos sus defectos y ninguna de sus virtudes. En violación al principio de independencia de los jueces — con o sin separación de poderes — la competencia es de una Agencia dotada de amplias facultades judiciales para investigar, decidir, sancionar e imponer multas, cierres, inhabilitaciones y otras penas muy graves. Son las Super-Agencias Supervisorias: Proconsumidor y Antidumping, Precompetencia, de Bancos, de Casas de Bolsa, de Seguros, de Transportes, de Ambiente, de Comunicaciones, Radio y TV, etc., conocidas en cada país por sus siglas, y que se agregan a los Ministerios de Educación, Salud, Agricultura, Trabajo, Comercio.

Aclárate. Publicado: 23-OCT-2009.

Mansueti es Abogado y Licenciado en Ciencia Política.

PrincipalMisiónArtículosRespuestasAcláraTV net